Impacto


"Se entiende por afrodescendientes chilenos al grupo humano que, teniendo nacionalidad chilena en conformidad a la Constitución Política de la República, comparte la misma cultura, historia, costumbres, unidos por la conciencia de identidad y discurso antropológico, descendientes de la trata trasatlántica de esclavos africanos traídos al actual territorio nacional entre los siglos XVI y XIX y que se autoidentifique como tal".

Así define y describe la Ley 21.151, publicada en el Diario Oficial el 16 de abril de 2019 -que además los reconoció como pueblo tribal-, a este grupo cuyo cupo reservado en la Convención Constituyente se ha convertido en la piedra de tope en la discusión de la Comisión Mixta.

Para el Ejecutivo existen una serie de complicaciones en la idea de incluirlos, y esta mañana, la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, planteó los argumentos. "Llegamos a esta comisión mixta se ha ido bajando, acercando las posiciones y ayer acordamos 17 escaños reservados para pueblos indígenas, bajo esos 155 y donde estamos teniendo problemas es en el escaño reservado que solicita la oposición para pueblo afrodescendiente, el pueblo que está en Arica, que es un pueblo no originario, no indígena propiamente tal, sino que un pueblo tribal, reconocido por el Estado de Chile, pero que está sin Censo, no sabemos cuántos son, no tenemos registros, no tenemos capacidad de calificarlos propiamente tal y tenemos un sin número de complicaciones", sostuvo a T13 Radio.

Esta idea de que no son pueblo originario fue la misma que caldeó los ánimos durante la discusión de esta madrugada, dichos que fueron planteados por el diputado UDI, Juan Antonio Coloma. "Pueden tener otra característica, de pueblo tribal reconocido por el Estado, pero el senador Huenchumilla tendrá que reconocer que por asegurarle un cupo al pueblo afrodescendiente está negando, en los hechos, la posibilidad de asegurar 17 escaños reservados a los pueblos originarios", sostuvo.

Fuente: Emol
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