Impacto
Mientras en la Cámara de Diputados se analizan las iniciativa de ley para regular el Teletrabajo (Home Office), el Centro de Estudios para el Empleo Formal (CEEF) presentó un decálogo sobre los aspectos que los legisladores deben contemplar con la finalidad de que sea fácil su aplicación en las empresas.

En ese sentido, detalla que pese a que ya se contempla en el Artículo 330 A de la Ley Federal del Trabajo, uno de los retos actuales del trabajo remoto es cubrir las condiciones y derechos laborales de esta modalidad mediante una regulación completa para proteger a los trabajadores al incluir un concepto que será indispensable para el futuro: la desconexión digital.




Ante el cambio de esquemas que trajo el confinamiento por el coronavirus Covid-19, la modalidad de trabajo remoto se presenta, hoy, como una dinámica que demandan 97% de los mexicanos, en la que se debe supervisar el cumplimiento de las jornadas laborales sin que se estas excedan los parámetros establecidos.

Entre los puntos del decálogo resaltan los siguientes:

  • El teletrabajo debe responder al principio “a trabajo igual, salario igual”. Las personas que trabajen a distancia tienen los mismos derechos, horarios, sueldos, prestaciones, así como igualdad de trato y no discriminación.
  • En los acuerdos de teletrabajo se debe definir los horarios, las tareas, las actividades y los resultados a conseguir por ambas partes. 
  • El patrón debe proporcionar al trabajador las herramientas necesarias para desempeñar el teletrabajo, tales como: equipo de cómputo, internet, teléfono y todo lo necesario para el buen desempeño de sus actividades. 
  • Los trabajadores a distancia tienen derecho a la desconexión digital, para garantizar que cuenten con horarios definidos en días laborales, días de descanso obligatorio y vacaciones, según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.
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